La CEO promueve el conocimiento del arbitraje mercantil mediante la firma de dos convenios

  • La Asociación de Arbitraje Mercantil (TAM) colabora, entre otras entidades, con Quality Consultores en la difusión y aplicación de este sistema arbitral entre empresas
  • A pesar de ser más ventajoso que la administración de justicia ordinaria, el arbitraje mercantil todavía es desconocido por la gran mayoría del tejido empresarial
  • Se trata de una alternativa más rápida, ágil y económica para dirimir conflictos empresariales que la propia Justicia y la Xunta de Galicia promueven debido al colapso de los juzgados a causa de la pandemia

Ourense, 28 de septiembre de 2021. Dar a conocer el sistema arbitral mercantil para solucionar conflictos entre empresas y ponerlo a disposición de las pymes es el objetivo de los convenios firmados hoy en la CEO por su presidenta, Marisol Nóvoa, con Antonio González, secretario técnico de la Asociación para el Arbitraje Mercantil (TAM) y con Robert Roca, representante de Quality Consultores.

El Tribunal de Arbitraje Mercantil (TAM), es un organismo arbitral, neutral e independiente con respecto a las partes que a él se someten y que fue creado al amparo de la legislación en materia de arbitraje. Su finalidad es dar solución a las controversias que se le plantean de manera rápida y económica, dos de las ventajas más destacables con respecto a la justicia ordinaria.  La opción del arbitraje mercantil para evitar y resolver conflictos entre empresas y/o profesionales es una herramienta poco utilizada todavía entre pymes y autónomos, que pueden recurrir a ella como alternativa a la jurisdicción ordinaria, que se demora mucho más en el tiempo.

Por otro lado, Quality Consultores es una consultora y despacho de abogados especializados en la solución de conflictos y arbitraje, tanto a nivel nacional como internacional, abarcando todo tipo de gremios. Sus servicios se enfocan a resolver conflictos entre sociedades mercantiles o entre sociedades mercantiles y autónomos.

La Asociación de Arbitraje Mercantil pondrá en común sus recursos para dar a conocer este sistema entre empresas, en una colaboración que incluye, entre otros aspectos, la celebración de encuentros, jornadas o congresos con fines informativos, la divulgación de las actividades propias y con referencia a este tema, y el asesoramiento en este proceso a los miembros de la Confederación y a la propia entidad.

Por su parte, Quality Consultores prestará servicios de asesoramiento en las materias objeto de este convenio para los asociados de la Confederación Empresarial de Ourense y ambas entidades establecen una colaboración para impulsar y promocionar actividades de cooperación empresarial, así como formación e información.

Estos convenios se enmarcan dentro de la faceta de la CEO de colaboración con entidades que reportan ventajas o mejoras competitivas tanto para sus asociados a título individual como para la propia entidad, con el objetivo de mejorar sus servicios y poner al día en cuestiones de interés y beneficiosas para el colectivo empresarial.

Los firmantes del convenio han coincidido en la idoneidad de esta colaboración en un momento en que las empresas necesitan rapidez en la resolución de conflictos para no detener su actividad. Igualmente, destacaron la oportunidad de darlo a conocer a las empresas mediante este convenio, pues aun siendo más ventajoso todavía es poco utilizado por el colectivo empresarial y profesionales autónomos.

Ventajas del sistema de arbitraje mercantil

El arbitraje mercantil es una alternativa a la jurisdicción ordinaria, (que atraviesa un colapso debido como efecto de la pandemia) y ofrece oportunidades y ventajas para las partes en conflicto. De hecho, mediante esta herramienta se puede alcanzar una resolución de forma mucho más rápida y efectiva, el conocido como laudo arbitral, que tiene validez de sentencia judicial.  Con este proceso se busca evitar los largos trámites y plazos que impone siempre la celebración de juicios, de manera que los conflictos queden superados lo antes posible para poder continuar con la actividad de la empresa normalmente.

  • Rápida resolución de conflictos. Al utilizar medios telemáticos la resolución de los litigios se agiliza, pudiendo resolverse un conflicto entre las partes en un plazo de tiempo infinitamente menor que lo que se tarda en la tramitación de un procedimiento por parte de la justicia ordinaria.
  • Objetividad. El tribunal cuenta con árbitros de reconocido prestigio, asimismo, el tribunal mantiene acuerdos de colaboración con distintos colegios profesionales para facilitar listas de árbitros, siendo las mismas actualizadas anualmente.
  • Garantía en la resolución de conflictos, mediante una correcta aplicación de la normativa y la resolución de aquellos problemas de índole técnico que puedan surgir para el dictamen de los laudos.
  • Posibilidad de acudir al arbitraje de equidad, en caso de desearlo ambas partes, y previa firma de un acuerdo en tal sentido, siendo el asunto resuelto, en su caso, por un técnico en la materia.
  • Sustancial ahorro de costes, al no ser necesaria la intervención de procurador ni abogado, ni el pago de tasas judiciales.
  • Confidencialidad. La solución de controversias se dirime en el ámbito privado, sin publicidad, evitando las consecuencias que se derivan de resoluciones judiciales y los precedentes que conlleva dicha publicidad.